MMIC Información y preguntas con frecuencia hechas

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  • ¿Cuál es el programa de tarjeta médica de identificación de la marihuana (MMICP)?

    El programa de tarjeta médica de identificación de la marihuana es un programa del estado de California que fue establecida después del paso del SB 420 que requiere a los condados administrar un programa voluntario del registro de la tarjeta que identifique a pacientes médicos de la marihuana.

  • ¿Por qué debo solicitar “una tarjeta de identificación médica de la marihuana (MMIC)?”

    Ninguna persona en la posesión de un MMIC válido No estará conforme a la detención para la posesión, transporte, entrega, o cultivación de la marihuana médica en la cantidad permitida por SB 420 (a menos que haya causa razonable para creer que el MMIC es falso o falsificado, la tarjeta fue obtenida por fraude, o la persona está de otra manera en la violación del SB 420).

  • ¿Cuanto tiempo tomará para conseguir mi MMIC?

    El tiempo de proceso puede tomar hasta 35 días para recibir su MMIC una vez que su solicitud es aceptada. Si cualquier información o documentos faltan, esto puede retrasar el procesamiento de su solicitud. Si éste es el caso, los Servicios Públicos de Salud del Condado de San Diego se pondrán en contacto con usted en un plazo de 30 días a partir del día que usted somete su aplicación.

  • ¿Qué condiciones médicas grave debo tener para calificar para un MMIC?

    Una condición médica grave, según lo definido por SB 420, es cualquiera de los siguientes: SIDA; anorexia; artritis; caquexia; cáncer; dolor crónico; glaucoma; migraña; la persistencia de los espasmos musculares; convulsiones; náusea severa; y cualquier otro síntoma médico crónico o persistente que limita substancialmente la capacidad de una persona para llevar a cabo una o varias de las actividades principales de la vida, según lo definido en el acto de los Americanos con Inhabilidades de 1990, o en el caso de no aliviarse, puede provocar daños graves a la seguridad de la persona, a la física, o a la salud mental.

  • ¿Qué información/documentación se requiere para un MMIC?

    El paciente calificado necesitará proporcionar: • Una aplicación completada de MMIC • Identificación con fotografía emitida por el gobierno • Prueba de residencia dentro del Condado de San Diego • La documentación escrita completada por su médico que indica que le han diagnosticado con una condición médica grave y que el uso médico de la marihuana es apropiado. (Esta documentación será devuelta al aspirante durante su cita.) • El honorario de la aplicación para cada MMIC solicitado • Su fotografía será tomada en el momento de de su cita. El cuidador (caregiver) primario, si lo hay, necesitan proporcionar: • Una aplicación completada de MMIC • Identificación con fotografía emitida por el gobierno • Prueba de residencia dentro del estado de California. • Una declaración escrita que documenta cómo el cuidador (caregiver) primario asume constantemente la responsabilidad de la vivienda, la salud o la seguridad del paciente. • El honorario de la aplicación para cada MMIC solicitado • Su fotografía será tomada en el momento de la cita. Si un aspirante solicita un MMIC para un cuidador (caregiver) primario, los dos, el cuidador (caregiver) primario y el paciente calificado necesitan estar presente a la hora de la sumisión del la aplicación del cuidador (caregiver) primario.

  • ¿Puedo tener más de un cuidador (caregiver) primario?

    Sí, pero solamente si su cuidador (caregiver) primario es el dueño o el operador de una facilidad que proporciona asistencia médica y/o servicios de apoyo a un paciente calificado, el/ella puede designar a no más de tres empleados como cuidadores (caregivers).

  • ¿Puede un menor de edad solicitar una tarjeta?

    Sí. Un menor de edad puede aplicar como paciente o cuidador (caregiver) primario. Si un menor de edad aplica como paciente calificado, debe ser legalmente emancipado o de estado declarado de autosuficiencia. Si no, el padre del menor de edad, el tutor legal, o la persona con autoridad legal para tomar decisiones médicas por el menor debe completar la Sección 2 del la Aplicación del uso Médico del Programa de la Marihuana. Si un menor de edad está aplicando como cuidador (caregiver) primario, deben cumplir con requisitos adicionales incluyendo: • Ser constantemente responsable de la vivienda, la salud o la seguridad de un paciente calificado, o • Ser el padre de un niño menor de edad que es un paciente calificado.

  • ¿Qué documentación médica se requiere para un MMIC?

    Usted debe proporcionar la documentación escrita completada por su médico indicando que le han diagnosticado con una condición médica grave y que el uso médico de la marihuana es apropiado. (Esta documentación será devuelta al aspirante durante su cita.) El Departamento de Salud de California ofrece el uso de la Documentación Escrita de la Forma Médica de Registros Medico del paciente Formulario (CDPH 9044) para su conveniencia. Nos comunicaremos con su médico para confirmar que la documentación sometida por el aspirante es copia verdadera y correcta de sus expedientes médicos en la oficina del médico. Es la responsabilidad del aspirante asegurarse de que autorizo una liberación de la información médica y que está en archivo con su proveedor médico.

  • ¿Qué sucede con mi aplicación y la otra información privada de la salud después que se la dé al programa de MMIC en mi condado?

    Su aplicación se mantendrá confidencial y segura. La única liberación de su aplicación será con su permiso por escrito. Este incluye peticiones de apelaciones negadas al estado MMP. (El Formulario de Apelaciones tiene una declaración y el bloque de firma en cuanto a esta liberación.)

  • ¿Tengo que ser un residente del Condado de San Diego para recibir un MMIC?

    No, cualquier residente de California que sea un paciente calificado puede solicitar un MMIC; sin embargo, usted debe solicitar su MMIC en el condado en donde usted reside. La prueba de la residencia es necesaria.

  • ¿Es mi MMIC reconocido fuera del condado?

    Sí, esto es un programa estatal de la identificación.

  • ¿Puedo obtener mi recomendación de un médico fuera del condado?

    Sí, el médico que atiende debe tener una licencia en regla expedida por el Consejo Medico de California o la junta Médica de Osteopatía de California, pero no hay requisitos de residencia para el médico.

  • ¿Una recomendación médica de la marihuana se considera una receta?

    No, una receta debe ser aprobado por el gobierno federal. La marihuana no es reconocida como legal por el gobierno federal, la ley federal criminaliza el uso de la marihuana medicinal.

  • ¿Cuánta marihuana procesada puedo tener en mi posesión?

    El SB 420 permite ocho (8) onzas de flores secas maduras procesada de la planta femenina del cáñamo Y no más que seis (6) secas maduras o doce (12) plantas inmaduras por paciente calificado. Las Ciudades y condados están autorizados a establecer límites más altos (pero no menos) si así lo desean. Por favor póngase en contacto con la oficina del Fiscal del Distrito o la agencia de aplicación de la ley local para la información actualizada.

  • ¿Un MMIC me protege contra toda la aplicación de ley?

    No.

  • ¿La tarjeta permite que consuma la marihuana médica en cualquier momento y/o lugar?

    No. Según el código 11362.79 de Salud y de Seguridad, Nada en este artículo autorizará a un paciente o a una persona calificada con una tarjeta de identificación a usar y fumar marihuana médica debajo de un de las circunstancias siguientes:(a) En cualquier lugar en donde fumar es prohibido por ley.(b) En o a 1,000 pies de los argumentos de una escuela, de un centro de recreación, o de un centro de juventud, a menos que el uso médico ocurra dentro de una residencia.(c) En un autobús de la escuela.(d) Mientras que este conduciendo un vehículo de motor.(e) Mientras que este conduciendo un barco.

  • ¿Llevando una tarjeta médica válida de la marihuana me protege contra el procesamiento para la posesión de la marihuana?

    No. La posesión y la distribución de la marihuana es una ofensa federal y han procesado a los individuos en California en la posesión de la marihuana para los propósitos médicos. En adición, han arrestado y procesado a los individuos en la posesión de la marihuana en cantidades más grandes que se han determinado por la ley local para el uso médico personal.

  • ¿Cuál información personal del titular de la tarjeta MMIC estará disponible para la aplicación de la ley?

    Cuando el número de identificación único MMIC se introduce a través del sitio Web MMIC, se genera una respuesta, “Tarjeta Válida” o “Tarjeta Inválida”. Ninguna otra información es accesible.

  • ¿Qué información aparecerá en la tarjeta?

    • Foto del titular de la tarjeta • Designación del “Paciente” o del “Cuidador (Caregiver) Primario” • Un número de identificación único de usuario expedido por CDHS • Fecha de vencimiento • Nombre y número de teléfono de la agencia del condado que aprobó la aplicación. • 24 horas del día, un número de teléfono de llamadas gratuitas y basado en la Web de Internet URL que permitirán al estado y la aplicación de la ley local, público y otros para tener acceso inmediato para verificar la validez de la tarjeta.

  • ¿Cuanto tiempo un MMIC será válido?

    Las tarjetas del paciente y del cuidador (caregiver) principal son válidas por un año a partir de la fecha de emisión. Si el cuidador (caregiver) primario solicita una tarjeta con una fecha posterior que la del paciente, el cuidador (caregiver) primario MMIC tendrá la misma fecha de vencimiento que el MMIC del paciente.

  • ¿Hay unos honorarios de solicitar un MMIC?

    Sí, el honorario actual es $100, por cada MMIC emitido para el paciente y su cuidador (caregiver) primario. Prueba de elegibilidad para la participación en el programa Medí-Cal, presentada a la hora de la solicitud, califica a beneficiario del Medí-Cal pueda recibir una reducción del 50% en honorarios. Si el aspirante califica para esta reducción del honorario y está señalando un cuidador (caregiver) primario, el honorario para MMIC de los cuidadores (caregiver) primarios también será reducido a un 50%.

  • ¿Puedo recibir una devolución de mi honorario si no califico?

    No. Honorarios de la solicitud no son reembolsables.

  • ¿Adónde debo acudir para obtener aplicación?

    La solicitud se puede obtener en línea por la página de Internet que se ligan, http://www.sdcounty.ca.gov/hhsa/programs/phs/mmic/application_forms.html o llamando (619) 692-5723 para obtener una solicitud por correo de nuestra oficina: